as televisiones privadas y las empresas de telecomunicaciones tendrán que abonar antes de octubre la nueva tasa introducida por la Ley de Financiación de la Corporación RTVE antes del mes de octubre, según los plazos fijados en el Real Decreto de desarrollo de dicha ley publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Así, el Real Decreto apunta que antes del 10 de septiembre de 2010, el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, a propuesta de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), aprobará por orden ministerial los modelos de ingresos a cuenta y autoliquidación necesarios para pagar la nueva tasa.
Una vez que esto ocurra, las televisiones y las 'telecos' tendrá un plazo de veinte días para pagar tanto la cantidad correspondiente al último cuatrimestre de 2009 --la Ley de Financiación de RTVE entró en vigor el 1 de septiembre de ese año-- como los pagos de la tasa a cuenta vencidos y no satisfechos, correspondientes al ejercicio 2010.
La ley, que supuso el fin de la publicidad en la cadena pública, establece que RTVE se financiará mediante un porcentaje sobre el rendimiento de la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico y mediante tasas a los canales privados en abierto (el 3% de sus ingresos brutos), de pago (el 1,5% de sus ingresos brutos) y a empresas de telecomunicación (el 0,9 por ciento de sus ingresos).
Respecto a la tasa sobre el dominio radioeléctrico, el Real decreto establece que los pagos a cuenta mensuales a favor de la Corporación RTVE se calcularán tomando como referencia la recaudación neta obtenida en el ejercicio 2009, a fecha 31 de diciembre. Además, señala que los pagos a cuenta correspondientes a meses vencidos y no abonados se efectuarán en plazo de veinte días contados desde el sábado.
La tasa ya ha repercutido en las cuentas de las televisiones
La nueva tasa, aunque todavía no ha sido cobrada, ya ha repercutido en las cuentas de resultados del primer semestre de las televisiones privadas. Así, en sus informes de resultados del primer semestre de 2010, Telecinco y Antena 3 achacaron parte del incremento en sus costes operativos a la provisión de la cantidad destinada a pagar la tasa de la televisión pública.
El cobro de la tasa para financiar a la cadena pública ha levantado las protestas de las operadores de telecomunicaciones, que han recurrido a Bruselas porque entiende que no se les puede gravar con una tasa para financiar un negocio distinto al suyo.
En lo que respecta a la tasa sobre el dominio radioléctrico, la Comisión Europea ya se ha pronunciado y dictaminó en julio que el nuevo sistema de financiación de RTVE respeta la normativa comunitaria sobre ayudas públicas porque garantiza que la televisión pública "no recibirá una compensación excesiva por prestar servicios públicos de radiodifusión".
No obstante, el Ejecutivo comunitario mantiene abierto el procedimiento de infracción para determinar si es legal o no la tasa impuesta a los operadores de telecomunicaciones para compensar la supresión de la publicidad.
Cambios en la tasa a las cadenas privadas
El Real Decreto incluye un cambio respecto al borrador que estudió el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información que puede afectar al importe que van a tener que pagar las cadenas privadas.
En este sentido, el borrador consideraba ingresos brutos de explotación de las cadenas los percibidos en razón de su actividad como prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva y excluía aquellos ingresos que la empresa o grupo de empresas del que formara parte el operador percibiera por el ejercicio de actividades distintas del servicio de televisión.
Mientras, el Real Decreto publicado este viernes incluye en los ingresos gravados por la tasa tanto los que provengan de su negocio televisivo como de la financiación anticipada de la producción europea de películas cinematográficas, películas y series para televisión, documentales y películas y series de animación así como los negocios jurídicos sobre licencias de comunicación audiovisual
Fuente: vertele.com (EUROPA PRESS)
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